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Derechos y deberes en el mercado laboral: el primer mes de trabajo

La mayoría de las personas que acuden a la Oficina de iniciativas laborales y empresariales de la calle de Joan de Austria, 16, manifiestan un alto desconocimiento en relación con sus derechos y deberes como trabajadores, y apenas comprenden la relación contractual que establecen con la empresa.

Document disponible en català, descarrega’l aquí.

El tema no es fàcil y ante dudas concretas podéis acudir a servicios específicos (Administración periférica del Estado, cualquier sindicato o abogados laboralistas).

Desde la Oficina consideramos que tener información sobre aspectos concretos puede facilitarnos el camino de incorporación a un nuevo trabajo, sentirnos más preparados y posicionarnos con ventaja a la hora de enfrentarnos a nuevas situaciones.

A continuación desarrollamos las tres situaciones más importantes que se dan durante el primer mes de trabajo:

1. Alta a la Seguridad Social. El trabajador tiene que estar dado de alta desde el primer día que trabaja para lo cual la empresa necesitará su DNI y la tarjeta de la Seguridad Social [1]. Para consultar si habéis sido dados de alta a la Seguridad Social, podéis pedir vuestra vida laboral, donde se recogen todos vuestros trabajos y las fechas de alta y baja de cotización. Con esta documentación la empresa hará los trámites oportunos y adscribirá el trabajador al régimen laboral que le corresponda. Si bien existen diferentes grupos, los que más nos encontramos a la Oficina son:

  • Régimen general, la inmensa mayoría de trabajadores que hacen trabajo por cuente de otros. SI TRABAJAS PARA UNA EMPRESA.
  • Régimen de servicio doméstico, para trabajadores que trabajan en un hogar, haciéndose cargo de su limpieza y/o cuidado de personas. SI TRABAJAS EN UNA CASA PARTICULAR.
  • Régimen autónomo, personas que asumen el coste de la Seguridad Social porque son sus propios empresarios. SI TRABAJAS PARA TI MISMO.

2. El contrato de trabajo es la formalización del acuerdo al que se ha llegado de palabra en contactos anteriores. Hay que firmarlo dentro de los 10 primeros días de trabajo. En el momento de la firma hay que prestar atención a que:

  • Los datos personales sean correctos.
  • La categoría profesional corresponda a la tuya.
  • La jornada laboral que se establece sea la pactada: días de la semana, horario, horas por semana…
  • El sueldo sea lo comprometido en la entrevista de selecciónEl sueldo resulta ser una de las cosas más difíciles de entender y se tratará ampliamente en un próximo artículo. Para empezar, la cifra que aparece en el contrato acostumbra ser el bruto mensual (en el punto 3, “La nómina”. se desarrolla un poco este aspecto) [2].
  • El periodo de prueba esté en relación a las responsabilidades asignadas al lugar de trabajoNormalmente son quince días, pero puede llegar hasta los tres meses. Durante este periodo te pueden echar de un día para el otro [3].

3. La nómina es el recibo del sueldo y por lo tanto se firmará después de haber percibido el dinero. Tiene tres partes claramente diferenciadas:

Cabecera: se repiten los datos tanto de la empresa como del trabajador.

Salario: tres grupos básicos:

a) “DEVENGO” (TOTAL DEL DEVENGO)
Sueldo base. Sueldo que aparece en el contrato.
Parte proporcional pagas extra. La Ley marca 12 mensualidades y 2 pagas extras, si bien hay empresas que las abonan mensualmente.
Plus. Pueden ser por razones de calidad o cantidad de trabajo que asume el trabajador

b) “DEDUCCIÓN” (sobre TOTAL DEDUCCIÓN)
Descuento contingentes comunes. La parte que paga el trabajador a la Seguridad Social.
Descuentos base accidentes. Dinero que se descuentan por la prestación de desocupación.
Retención IRPF. La retención para la declaración de Hacienda.

c) “NO SUJETAS A COTIZACIÓN”
Kilometrage, dietas, etc. A todo este dinero no se le aplica ninguna deducción.

Firma: porque sea válida la nómina, l?empresa tiene que firmar y poner su sello.

Toda esta información te situará en ventaja ante los acontecimientos que vivirás durante el primero mes de un trabajo, si bien queremos hacer incidencia en la necesidad de saber manejarla favorablemente a partir de una disposición al diálogo y la negociación. Ante cualquier duda:

  • Pide aclaraciones.
  • Manifiesta interés para comprender.
  • Abrete a nuevas informaciones.
  • Aprovecha la información para buscar la solución más favorable.
  • No te cierres!!! Tal vez estás en un buen trabajo y sólo hay que ajustar pequeñas cosas.

Si tienes dudas, pásate por la Oficina de Ocupación, Seguro que acabarás muy contento.

[1] Para consultar si habéis sido dados de alta a la Seguridad Social, podéis pedir vuestra vida laboral, donde se recogen todos vuestros trabajos y las fechas de alta y baja de cotización.

[2] El sueldo resulta ser una de las cosas más difíciles de entender y se tratará ampliamente en un próximo artículo. Para empezar, la cifra que aparece en el contrato acostumbra ser el bruto mensual (en el punto 3, “La nómina”. se desarrolla un poco este aspecto).

[3] Normalmente son quince días, pero puede llegar hasta los tres meses. Durante este periodo te pueden echar de un día para el otro.

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